Ultimas Noticias
BIEN MOSTRENCO CEMENTERIO
- Categoría: BLOG
- Publicado: Jueves, 16 Marzo 2023 15:13
- Escrito por Super User
- Visto: 377
EXTRACTO DE PETICIÓN PARA DECLARATORIA DE BIEN MOSTRENCO
Dentro del proceso de declaración como bien mostrenco (Cementerio General de la Ciudad de Gonzanamá) del inmueble ubicado en las calles Manuel J. León entre 10 de Agosto y Sucre, de la ciudad de Gonzanamá, catastrado bajo la clave Nº 11075001020020010001, hallándose en posesión el Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón Gonzanamá, de conformidad a lo que estipula el Art. 58 de la Ordenanza que Regula la Venta, Titularización, Donación, Comodatos y Permutas de los bienes públicos de dominio privado del GAD Municipal de Gonzanamá; Partición Administrativa, Adjudicación y regularización y Asentamientos Humanos consolidados en el cantón Gonzanamá, el 15 de marzo de 2023, se procede a notificar a la persona o personas que se presuman posesionarlos o titulares del dominio del predio superpuesto, parcial o totalmente para que el plazo de treinta días posteriores a la publicación hagan valer sus derechos que correspondan con el extracto de la petición suscrita por el señor Alcalde y Procurador Síndico Municipal: "que en sesión de concejo cantonal del 15 de agosto de 1944 para la delimitación de las principales calles del cantón ya existía el Cementerio General y que en sesión del 02 de agosto de 1978 el Concejo Cantonal resolvió la adquisición de terrenos para su ampliación, es decir, no existen escrituras legalizadas a favor de la Institución Municipal del cantón Gonzanamá referente a una parte del Cementerio General y simplemente existen legalizadas las compraventas de una parte del mismo para su ampliación conforme a la documentación que se ha podido recabar para el mismo" de un lote de terreno, cuya área actual es de 10,081.00m2., ubicado en la provincia de Loja, cantón Gonzanamá, parroquia Gonzanamá, sector o barrio San Pedro. En este tiempo no ha tenido conflicto de tierras con los colindantes o con terceros y a la vez no ha sido declarado a sentencia ejecutoriada por delito de ocupación, uso ilegal del suelo o tráfico de tierras. Por lo manifestado en vista de que el área mencionada carece de título de propiedad, se procederá la legalización del lote antes mencionado, sometiéndose a las disposiciones legales pertinentes".